GI Rights Hotline

Military Discharges and Military Counseling

Llame al 1-877-447-4487

★Quejas y cómo presentarlas

Hoja informativa

Después de leer esta hoja informativa, por favor llame a la Línea directa (877-447-4487) para hablar de sus opciones con un consejero.

Muchos militares no saben pedir una reparación por un daño o una ofensa. Sin embargo, hay muchas maneras de presentar una queja y se puede usar una u otra por casi cualquier injusticia, agravio o clase de opresión. Los militares pueden presentar una queja por:

  • malos tratos hechos por un superior;
  • no recibir una respuesta a una petición (por ejemplo, una petición por atención médica o una petición por una separación (discharge) por penuria);
  • la restricción ilegal de sus derechos;
  • la discriminación ilegal o el acoso sexual; o
  • un daño hecho a la propiedad personal o la confiscación indebida de ella.
    Hay varias clases de quejas formales que pueden ser presentadas para pedir una reparación, entre ellas:
  • las quejas presentadas a través de la cadena de mando;
  • la correspondencia con un miembro del Congreso;
  • una queja presentada al Inspector General (IG) por casos de fraude, derroche y malos tratos;
  • una queja respecto a la igualdad de oportunidades por casos de discriminación o acoso sexual;
  • una queja bajo Artículo 138 (UCMJ) por casos de malos tratos o prácticas discriminatorias hechas por un superior o casos en los cuales el mando no sigue las normas;
  • una queja bajo Artículo 139 (UCMJ) por la confiscación o la destrucción de la propiedad personal; o
  • una petición presentada a la Junta de corrección de los archivos militares (Board for Correction of Military Records) para que cambie notas perjudiciales o haga otras correcciones del archivo de un militar.
    Además de presentar las quejas de las clases mencionadas arriba, cualquier persona que está bajo la jurisdicción del Código Uniforme de la Justicia Militar (UCMJ) puede pedir que se presenten cargos penales a cualquier persona que infrinja el UCMJ. No importa si la persona que lo pide está bajo cargos, detenida o en la cárcel. Sin embargo, el que decide si el proceso será tramitado es el mando militar.

Al mismo tiempo que una persona presenta una queja formal, también puede informarle al público del problema a través de los medios, ejercer presión política con la ayuda de grupos de derechos civiles u otros grupos políticos y pedirle apoyo a la comunidad civil (llame a la Línea directa de los derechos de los militares para enterarse de qué grupos le pueden ayudar).

La eficacia de todas las maneras de pedir una reparación es reducida. Los militares se enfrentan con dos restricciones con las que no se enfrentan las personas no militares:

  1. La doctrina Feres no permite que los militares demanden a su empleador (la fuerzas armadas) por daños y perjuicios económicos.
  2. Por intolerable que se vuelva la situación, los militares no pueden dejar sus trabajos.

Además, los miembros frecuentemente se sienten intimidados por temor a represalias. Dichas represalias pueden ser medidas administrativas aplicadas directamente por el comandante o represalias más informales tomadas por otros miembros del mismo grado y los supervisores, entre ellas insultos y malos tratos. Incluso es posible que el comandante apruebe dichas represalias informales. En unas sesiones públicas de 1992, los militares narraron a una delegación de la NAACP episodios, no sólo de medidas de represalia, sino también de hostigamiento, por haber usado tanto la vía de la cadena de mando como los procedimientos de presentar las quejas para dar parte de la discriminación racial o sexual y el trato injusto. Pocos participantes de la sesión dijeron que tuvieran éxito con el sistema [de quejas].