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Discapacidad (Disability)

Hoja informativa

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Discapacidad (Disability Discharge)

Una afección física o psicológica que impide considerablemente que un individuo esté capacitado para el servicio es motivo de una separación (discharge). El sistema de evaluación de discapacidad del cuerpo de las fuerzas armadas al que pertenece el miembro determinará si él está incapacitado para el servicio a causa de una discapacidad física. Las afecciones menos graves pueden ser motivo de una separación involuntaria como otras designadas afecciones físicas y mentales (Other Designated Physical and Mental Conditions).

El proceso de separar a un militar por discapacidad lo tiene que iniciar un médico militar que, después de hacer un examen inicial, puede empezar los trámites para que el sistema de evaluación de discapacidad gestione el caso. Dicho sistema comprende una serie de tribunales médicos. En casos como extremidades perdidas o ceguera, es claro que el miembro está incapacitado para el servicio a causa de una discapacidad física y el médico militar suele iniciar los trámites necesarios. Sin embargo, no todo el mundo que tiene derecho a una separación médica padece afecciones tan claras, así que a veces el miembro tiene que tomar medidas para iniciar el proceso.

Una determinación de incapacidad para el servicio por discapacidad física se puede basar en una afección, o un conjunto de afecciones, que reduce o impide la habilidad real o supuesta de un individuo de desempeñar sus funciones militares.1 Entre los criterios para determinar si un miembro está incapacitado de desempeñar sus funciones se encuentran:

  • si la afección pone en claro peligro médico la salud del miembro o el bienestar de otros miembros…;
  • si la afección médica les obliga a las fuerzas armadas que adopten medidas no razonables para mantener o proteger al miembro…;
  • las funciones establecidas que el miembro tiene que desempeñar durante el tiempo que le queda como miembro de las reservas.
    Aunque las normas militares contienen listas de los defectos por los cuales un miembro normalmente está incapacitado para el servicio, cualquier afección que parece impedir considerablemente que un miembro desempeñe las funciones que corresponden a su oficio, grado, rango o clasificación será considerada como motivo para que el sistema de evaluación de discapacidad gestione el caso.

No tiene derecho a ser evaluado por discapacidad física un miembro cuya afección es de desarrollo o de constitución y que no constituye una discapacidad física.2 Tampoco tiene derecho a ser evaluado por discapacidad física un miembro que:

  • tiene pendiente una separación punitiva que es aprobada y no suspendida;
  • tiene pendiente una separación cuyas estipulaciones permiten la calificación bajo condiciones no honrosas (Under Other Than Honorable Conditions).
    Sin embargo, si la discapacidad médica puede haber causado la mala conducta o había circunstancias atenuantes en las cuales se basa una separación así, el caso normalmente debe ser gestionado por el sistema de evaluación de discapacidad.

Documentación para una separación por discapacidad

En casos de enfermedades o heridas agudas y graves, una evaluación médica por sí misma puede ser suficiente, en particular si los indicios médicos establecen que la continuación del servicio perjudicaría la salud del miembro o no les convendría… a las fuerzas armadas.

Sin embargo, si la afección del miembro es una discapacidad crónica, puede que los mejores indicios no se obtengan de una evaluación clínica, hecha por un médico, de la capacidad del miembro de desempeñar sus funciones sino de evaluaciones hechas por sus supervisores de su desempeño de sus funciones, por ejemplo, a través de cartas, informes de eficiencia, referencias, informes sobre la vigencia de privilegios médicos o testimonios personales. En particular, en casos de enfermedades crónicas se puede esperar que dichos documentos indiquen con exactitud la capacidad del miembro de desempeñar sus funciones.

Un desempeño adecuado puede ser juzgado como indicios de que el miembro está capacitado para el servicio aunque los indicios médicos señalen que su habilidad física es dudosa. Sin embargo, un desempeño no adecuado no será juzgado como indicios de incapacidad para el servicio… sin que se establezca que hay una relación de causa y efecto….


Diagnóstico

Al sospechar que padeces una discapacidad, obtén una evaluación hecha por un médico civil. El médico tiene que hacer un examen meticuloso y escribir cartas o informes para describir la discapacidad del individuo (ver declaraciones acreditativas de profesionales médicos a continuación).

El médico civil puede usar las normas como pautas para saber qué información enfatizar. Ten en cuenta que una persona puede quedar discapacitado por una afección, o por un conjunto de afecciones menores, que no esté explícitamente en la lista de las normas pero que puede impedir que el miembro desempeñe sus funciones. Puede que el médico quiera pedirles al médico de la familia, los padres o la escuela que le manden copias de los historiales médicos porque las fuerzas armadas querrán saber cuándo empezó o empeoró la afección. Adjunta al informe médico todos los resultados de las pruebas de laboratorio y los exámenes con rayos X.

Si es merecido por la situación, el médico se puede poner en contacto con el jefe del centro médico militar y pedir una consulta con el especialista apropiado. Si se deben hacer pruebas especiales u hospitalizar al miembro para tratamiento u observación, el médico lo puede sugerir.


Abordar al mando

Aunque un miembro crea que tiene derecho a una separación por discapacidad, no la puede solicitar oficialmente. El oficial al mando o un oficial médico tiene que pedir una evaluación médica. A consecuencia, el miembro debe describir la discapacidad al médico militar o al oficial al mando y presentarle las cartas escritas por su médico o cualquier otra documentación que confirme la afección. Puede que haga falta algo de persistencia, por ejemplo, pedir citas repetidas con oficiales médicos y militares si es necesario.

Si un médico militar piensa que el caso merece más evaluación médica, pedirá que un tribunal médico (Medical Evaluation Board) lo revise. Entre los oficiales que pueden convocar tribunales médicos se encuentran muchos oficiales que tienen a su cargo un centro de tratamiento médico y, en la Navy, los oficiales al mando.


¿Por qué se necesita una evaluación?

Un militar puede necesitar documentación médica para mostrar que padece una afección por la cual lo tienen que separar, que está grave el estado de una persona a su cargo o que había circunstancias atenuantes de una ausencia sin permiso. Aunque las fuerzas armadas tienen su propio sistema de cuidado de salud, es difícil encontrar en ellas atención personal y especializada. En muchos casos, la única manera de asegurar que tienen en cuenta las necesidades de su paciente es hacer una evaluación.

De la evaluación que usted haga se obtendrán indicios de la afección médica o psiquiátrica que padece su paciente. Sin embargo, una vez entregada, su evaluación no será protegida por el principio de confidencialidad entre pacientes y médicos. Cualquier cosa que diga puede ser usada como indicios en contra de su paciente. Por ejemplo, una mención del consumo de drogas o actos homosexuales (aunque pasaran antes del alistamiento) puede tener como resultado la interposición de una acción judicial contra su cliente.

No se espera que usted trate los detalles técnicos y legales; en cambio, un consejero o abogado entendido siempre debe revisar su carta. Entregue su evaluación directamente al abogado o al consejero siempre que sea posible.

Es absolutamente legal hacer una evaluación médica de un militar, incluso si el miembro está ausente sin permiso (AWOL). De hecho, obtener una evaluación médica es un paso apropiado del proceso de entregarse a la jurisdicción miliar. Usted no corre esencialmente ningún riesgo de que interrumpan su trabajo mandándolo a vistas o procesos.


El contenido de la evaluación

  • Comienzo. Use su membrete y dirija la carta a To Whom It May Concern (A quien corresponda) o To the Commanding Officer of ____ (Al oficial al mando de ____). En el sobre diga Confidential (Confidencial) (pero recuerde que ello no impedirá que las fuerzas armadas usen su evaluación como indicios en contra de su paciente).
  • Experiencia militar. Si usted tiene experiencia militar, por favor, menciónela.
  • Tratamiento: Si hace tiempo que trata al paciente, dígalo: eso dará más peso a su declaración.
  • Resultados de pruebas: El personal militar prefiere datos e imágenes. Siempre que sea posible, las impresiones clínicas deben ser corroboradas con conclusiones objetivas.
  • Diagnóstico. Intente usar las palabras exactas de la norma militar médica (Department of Defense Directive 1332.18 Separation from the Military Service by Reason of Physical Disability); para obtener una copia, visite la página de discapacidad. Dicha norma usa algunos términos anticuados y a veces las fuerzas armadas se han negado a reconocer el nuevo nombre de un fenómeno. Para diagnósticos psiquiátricos, consulte el DSM-IV.
  • Recetas. Enfatice cualquier receta que pueda ser difícil de cumplir bajo condiciones militares, como ropa especial, una dieta especial o limitaciones de actividades.
  • Pronósticos y conclusión. Piense en escribir dos pronósticos: uno si se cumple la receta y otro si no. Por ejemplo: Si el paciente sigue escrupulosamente una dieta simple y fácil de digerir, pueden pasar pocas dificultades intestinales. Sin embargo, si no se puede cumplir la dieta limitada, no sólo seguirán momentos agudos y dolorosos sino que es probable que se necesite una intervención quirúrgica.