Objeción de Conciencia
Hoja informativa
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Contenido
La definición de la objeción de conciencia
Las actuales políticas militares definen la objeción de conciencia así: “Una firme, fija y sincera objeción a participar en la guerra o a portar armas de cualquier manera, a consecuencia del entrenamiento y/o la creencia religioso” (DOD 1300.6). Dicha definición la han clarificado aún más las políticas militares y nuestro sistema legal. A continuación se encuentra lo que quieren decir en realidad las palabras o frases de dicha definición:
“religioso”
- El término “religioso” abarca también las creencias morales y éticas que influyen en la vida con la misma fuerza que las creencias religiosas tradicionales.
- El término “religioso” no abarca las ideas esencialmente políticas, sociológicas o filosóficas.
“el entrenamiento y/o la creencia”
- “El entrenamiento y/o la creencia” se refiere al origen de las convicciones o, en palabras sencillas, las experiencias y valores que usted tiene que no le permiten participar en el servicio militar o portar armas. Dicho origen puede ser, por ejemplo, la participación a lo largo de la vida en una religión organizada que enseña el amor activo al enemigo (es decir, no matarlo) o libros, películas o programas de televisión. También puede proviene de las experiencias que ha tenido dentro de las fuerzas armadas o fuera de ellas.
“participación”
- Este término señala la naturaleza personal de la petición. Por ello, una petición no puede ser una crítica abstracta de la guerra. Así señala que el motivo por el que usted pide una separación o un cambio de funciones es el conjunto de sus valores particulares, no es porque piensa que la guerra es ilógica o una mala política, por ejemplo.
“en la guerra”
- El término “en la guerra” no quiere decir que un CO tenga que oponerse a que la policía use la violencia o que uno la use en defensa propia, aunque muchos de ellos sí se oponen a la violencia en general. Además, es importante tener en cuenta la diferencia entre la fuerza y la violencia. Golpear a alguien es un ejemplo de la fuerza violenta, mientras que sacar a un niño del camino de un auto es un ejemplo de la fuerza no violenta.
“de cualquier manera”
- Esto quiere decir que tiene que oponerse a cualquier guerra real en este momento. A aquellos que se oponen a una guerra en particular se les llamaría “objetores de conciencia selectivos” y ellos no tienen derecho a ser calificados de objetores de conciencia bajo las leyes actuales de los EEUU. Si usted cree en “la teoría de las guerras justas”, afirmada por muchas tradiciones religiosas, para ser calificado de objetor de conciencia bajo la actual definición legal, tiene que usar dicha teoría y concluir que no hay guerras justas.
Para tener derecho a una separación de las fuerzas armadas, tiene que demostrar que de veras su conciencia le obliga a oponerse a participar en la guerra, y que sus creencias han cambiado, o “cristalizado”, después de que entró en las fuerzas armadas. Si cree que esta definición se puede aplicar a usted, siga leyendo.
Si usted se enfrenta con un despliegue
Normalmente, los que solicitan ser calificados de objetor de conciencia no se lo informan a su mando hasta que su solicitud esté completa y lista para entregar. Esto asegura de que tienen todo el tiempo necesario para preparar una solicitud detallada y completa con la mayor probabilidad de ser aprobada y de evitar presiones del mando. Sin embargo, si usted se enfrenta con un despliegue inminente, puede ser mejor escribir una carta corta a su mando informándole su intención de solicitar una separación por objeción de conciencia. Aunque dicha declaración no le proteja del despliegue, entregarla ofrece al mando el tiempo para cambiar su puesto para que sus funciones y sus valores estén en el menor conflicto posible (según las normas) y posiblemente lo trasladará al destacamento trasero. Las normas no le obligan al mando a trasladar al solicitante objetor de conciencia hasta que se entregue una solicitud completa, pero normalmente lo hace si se le informa la intención de solicitar dicha separación.
La desventaja de informárselo a su mando de esta manera es que le puede imponer un plazo de entrega que no le deje el tiempo suficiente como para preparar la mejor solicitud posible. Sin embargo, el mando no tiene la autoridad de obligarle a entregar una solicitud para una fecha determinada. No obstante, puede no cambiar sus funciones hasta que se le entregue la solicitud completa. Si se enfrenta con un despliegue, por favor, llame a la línea directa a 1-877-447-4487 ó póngase en contacto con una agencia de la Red de los derechos de los militares para hablar con un consejero de su situación.
La guía para los objetores de conciencia de las fuerzas armadas
La guía para los objetores de conciencia de las fuerzas armadas (en inglés) del Center on Conscience & War (centro de la conciencia y la guerra) The Guide for COs in the Military (123 KB) le puede ayudar a decidir si solicitar ser calificado de objetor de conciencia. Dicha guía también describe el proceso de solicitarlo en detalle.
La solicitud por escrito
Los que solicitan ser calificados de objetor de conciencia tienen que escribir respuestas detalladas a las preguntas sobre su vida y sus creencias. Es probable que no suela escribir tanto. Recuerde: está intentando convencer a las fuerzas armadas de que lo separen de ellas después de gastar miles de dólares entrenándole. Para lograrlo, ¡tendrá que escribir más de siete párrafos!
Hay muchos preguntas a las cuales tendrá que responder. Hay de tres a seis preguntas sobre sus creencias que se centran en lo esencial de su solicitud de CO. Se pueden resumir en las tres preguntas siguientes:
· ¿Qué cree usted (sobre la participación en la guerra)?
· ¿Cómo se desarrollaron sus creencias (qué acontecimientos y factores influyeron en usted para que las creyera)?
· ¿De qué manera se reflejan dichas creencias en su vida (o sea, de qué manera influyen sus creencias en las decisiones que toma o en lo que elige diariamente)?
Se deben entregar también cartas de apoyo escritas por personas que lo conocen y que pueden afirmar que usted es sincero o que es veraz lo que dijo en su solicitud escrita.
El Proceso
Después de que se entregue su solicitud de CO por escrito, habrá tres entrevistas:
· una con un psiquiatra (o especialista de salud mental) para examinar si usted es capaz para participar en el proceso de la separación por ser CO. Quieren ver si en realidad su solicitud resulta del trastorno por estrés traumático (PTSD, por sus siglas en inglés) u otra causa emocional o mental.
· otra con el capellán militar (aunque usted no sea religioso), quien debe examinar la base de su petición y evaluar su sinceridad.
· la última con un oficial de investigación (IO, por sus siglas en inglés), que recopilará todo lo que usted entregó en apoyo de su solicitud y los informes del capellán y el psiquiatra y que llevará a cabo una investigación. En la entrevista, el IO le debe preguntar sobre sus creencias, lo que usted dijo en su solicitud por escrito y cualquier cosa que parezca pertinente en vista de lo que mostró la investigación.
El IO escribirá un informe que describe la entrevista y cualquier otra información de la que se enteró. También recomendará que se apruebe o no su solicitud. En ese momento, podrá ver el informe y las recomendaciones y tendrá la oportunidad de entregar una refutación.
El paquete entero pasa por la cadena de mando y al fin llega al cuartel general donde una junta inspectora de CO decidirá si se aprueba o no su solicitud.
The Decision
If your application is approved, you will be discharged (or reclassified as a non-combatant if that's what you applied for). Normally COs get an honorable discharge, the characterization is based on your military service record. You would also be eligible for all veterans benefits you earned, based on your length of service and characterization of discharge.
If your application is denied, a counselor with the GI Rights Network can help you figure out what to do next.